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El Gobierno quitó restricciones para acceder a créditos a tasa cero

By on 4 octubre, 2021

El Ministerio de Desarrollo Productivo flexibilizó las condiciones para que más monotributistas puedan acceder a los Créditos a Tasa Cero 2021, debido a la “demanda insatisfecha” que tuvo el programa.


Este lunes el Gobierno decidió eliminar requisitos para acceder a los Créditos a Tasa Cero 2021, debido a la “demanda insatisfecha” que tuvo el programa en esta nueva edición y en el marco de la campaña electoral.

La campaña había sido lanzada el año pasado para acompañar a los monotributistas en el peor momento de la pandemia del coronavirus. En agosto se volvieron a lanzar los créditos, con montos de hasta $150 mil y el costo financiero total subsidiado en un 100%.

“Atento al impacto alcanzado por el citado Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios del Programa ‘Crédito a Tasa Cero 2021′”, expresó el comunicado publicado en el Boletín Oficial.

Así, el Ministerio de Desarrollo Productivo suprimió el impedimento que regía sobre aquellos monotributistas que prestan servicios al sector público, ya sea al Estado nacional, provinciales o municipales.

Además, desde ahora, los solicitantes que registren facturas electrónicas podrán acceder al crédito a tasa subsidiada aún cuando se verifique que su facturación sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

También se eliminó el requisito que existía sobre aquellos monotributistas que no registran factura electrónica, pero que el promedio mensual de compras del primer semestre del año superaba el 80% de la suma que resultara de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

En ambos casos, los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A tenían que tomar como límite la suma de $20.800. En caso de haber iniciado sus actividades con posterioridad al 1 de enero, se tenía que tomar en consideración el 80% de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio.

Luego de las flexibilizaciones, el Ministerio de Desarrollo Productivo sumó una nueva condición. Se destacó que no serán elegibles aquellos solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encontraban inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al momento de la solicitud respecto de la categoría del solicitante vigente al 30 de junio de este año.