El Gobierno envió al Congreso el proyecto de ley para modificar Ganancias
El Gobierno envió este miércoles al Congreso el proyecto de ley para modificar el impuesto a las Ganancias y establecer un nuevo mínimo no imponible de $ 1.770.000 a partir del 1° de enero de 2024, además de una nueva escala de pago para quienes superen ese monto.
“La medida tiene como objeto gravar, exclusivamente, a estos mayores ingresos, con un impuesto cedular (esto es, separado de la determinación de la escala progresiva actual), entendiendo como tales a los que superen el equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales Y Móviles mensuales –en la actualidad, equivale a $ 1.770.000- actuando dicho importe como un mínimo no imponible”, destaca el proyecto.
“La determinación del impuesto se efectúa de acuerdo al siguiente mecanismo: se considera, al comienzo del período fiscal, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente el 1° de enero de ese año, el que se actualizará el 1° de julio de cada año fiscal, considerando el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a esa nueva fecha”, agrega.
Por otra parte, el candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, publicó el decreto sobre la modificación del impuesto a las Ganancias que saldrá en el Boletín Oficial.
“Desde el 1° de octubre ningún trabajador que gane hasta $1.770.000 pagará el impuesto a las Ganancias. Necesitamos que sea Ley. Ojalá los diputados y diputadas cumplan con el compromiso de cuidar el salario de los trabajadores”, expresó el titular del Palacio de Hacienda en su cuenta de la red social X.
En el texto se refuerza la idea de que “el impuesto recaiga, únicamente, sobre los mayores ingresos derivados del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia y en las jubilaciones y pensiones de privilegio”.
En ese sentido, el decreto indica que se enviará al Congreso un proyecto de ley para que esos ingresos, mayores al equivalente a “quince (15) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) mensuales”, cifra que en la actualidad representa $1.770.000, “sean los únicos que queden gravados, con un impuesto cedular cuya escala progresiva contará con alícuotas que oscilan entre el 27% y el 35%”.
Por otro lado, el texto señala que no pagarán el tributo aquellos que lleguen a ese monto con la segunda cuota del aguinaldo.
“La Administración Federal de Ingresos Públicos es la encargada de establecer el mecanismo de retención del gravamen para los sujetos que perciban los ingresos mencionados”, agregaron.
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