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El Gobierno oficializó la reforma de la SIDE, que ahora podrá aprehender personas

2 de enero de 2026

El Gobierno modificó este viernes la ley de inteligencia a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial. En el marco de la reestructuración, ahora la Secretaria de Inteligencia de Estado (SIDE) tendrá la capacidad de aprehender personas. La oposición cuestionó la medida y alertó sobre “espionaje político”.

El punto más cuestionado es la habilitación para que el organismo pueda aprehender personas: “Todas las actividades que se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional”, explicó el Gobierno.

Además, el Ejecutivo detalló que los órganos del Sistema de Inteligencia Nacional proporcionarán su propia seguridad y protección de las instalaciones, bienes, personales, operaciones e información y los habilitó a “repeler o hacer cesar las agresiones que los pongan en riesgo”.

Sobre el artículo más cuestionado por la oposición, se explica que “en el marco del desarrollo de actividades de inteligencia, auxilio o requerimiento judicial o comisión de delitos en flagrancia, el personal de inteligencia podrá proceder a la aprehensión de personas, debiendo dar aviso inmediato a las Fuerzas Policiales y de Seguridad competentes”.

En tanto, la medida también redefinió las actividades incluidas dentro contrainteligencia, que incluyen “evitar acciones de infiltración, fuga de información clasificada, espionaje, atentados contra el orden constitucional, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades constituidas del sistema republicano de gobierno, de los intereses estratégicos nacionales o de la población en general”.

Entre otros puntos, el Ejecutivo también creó el Centro Nacional de Ciberseguridad (CNC), que tendrá como funciones planificar, ejecutar y supervisar políticas, programas y acciones para “proteger el ciberespacio de interés nacional, las infraestructuras críticas de información, los activos digitales estratégicos del Estado y los sistemas tecnológicos empleados en la prestación de servicios públicos esenciales y actividades del Sector Público Nacional”.