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En la previa de la marcha de los jubilados, Bullrich endureció las condiciones para aplicar el derecho de admisión

12 de marzo de 2025

La medida aplicará para quienes «afectaran el orden público» por lo que estará abierta a la interpretación de la ministra.

En medio de advertencia de la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, a los barrabravas, el Gobierno endureció este miércoles las condiciones para aplicar el derecho de admisión en los estadios de fútbol.

A través del Resolución 321/2025, publicada en el Boletín Oficial, se facultó al Ministerio de Seguridad a “restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a toda persona que considere que puede generar un riesgo para la seguridad pública”.

De esta manera, se podrá prohibir el ingreso a toda persona que se encuentre “imputada, procesada o condenada” por delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 y sus modificatorias.

La medida también se extiende a aquellos “procesados o condenados por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión y que la Autoridad de Aplicación entienda que razonablemente pueda crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico”.

En el documento además se incluyó a quienes se encuentren imputados en cualquier actuación contravencional o hayan tenido conductas violentas en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, “durante o después de la disputa del encuentro, durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos, así como también durante los traslados de las parcialidades hacia o desde el estadio deportivo donde se desarrolle el espectáculo”.

Las restricciones también comprenderán a partir de ahora a quienes hayan tenido “conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público, ya sea de manera individual o en el marco de una manifestación o congregación en la vía pública o en lugares abiertos al público en general, con o sin desplazamiento, cualquiera sea su naturaleza”.

Y, por último, a quienes incurrieren en “conductas o prácticas violentas durante su traslado hacia o desde un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico, o alteraren el orden público, o utilizaren servicios de transporte de pasajeros no registrados ni habilitados por la autoridad competente”. Lo mismo a las personas que se encontraren “imputadas, procesadas o condenadas por delitos cometidos con motivo o en ocasión de un espectáculo futbolístico”.