El Gobierno simplificó la importación de bienes de capital usados
Se eliminó la tramitación del Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU) para ingresar equipamiento y maquinaria usada al país.
El Gobierno nacional formalizó la simplificación de la importación de bienes de capital usados, profundizando “la libertad de mercados”, mediante el Decreto 273/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
La normativa dispuso una serie de modificaciones al Régimen de Importación Definitiva para Consumo de Bienes Usados, eliminando la tramitación del Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU) para ingresar equipamiento y maquinaria usada al país.
Asimismo, también se dieron de baja prohibiciones que existían para importar bienes en múltiples sectores de la industria, como por ejemplo máquinas para extracción de petróleo y gas, cortadoras industriales, moldes de matriceria (usados en la industria automotriz) y maquinaria para la industria gráfica, entre muchas otras.
Al argumentar los cambios introducidos, el Ejecutivo expresó en el texto oficial que “permitirán profundizar el proceso de apertura económica y reactivación de la economía, contribuyendo decisivamente a la superación de la emergencia económica”.
Además, sostuvo que “en tal sentido, se tiene en miras profundizar la libertad de mercados con el objeto de afianzar la estabilización de los precios y provocar la disminución de aquellos artificialmente elevados que provocan falta de competencia y de transparencia en los distintos mercados”.
En la misma línea, remarcó que “la existencia de numerosas intervenciones previas que padecen las importaciones constituye una traba al desarrollo del comercio e incrementa los costos administrativos de productores, por lo que esta medida es indispensable en la perspectiva de mejorar la competitividad interna de la economía argentina”.
Ante el escenario planteado, consideró que “razones de eficiencia, facilitación del comercio y agilización de los trámites y procesos administrativos vislumbran necesaria la revisión integral del marco normativo aplicable a la importación de bienes usados clasificados entre los Capítulos 84 a 90 de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), eliminando barreras u obstáculos al desarrollo productivo”.
A partir de ahora, el CIBU será reemplazado por “una declaración jurada a cargo del importador con análogos propósitos y alcances”, cuya validación no estará sujeta a que no existan fabricantes locales de bienes similares, como sucedía previamente.
Al destacar la medida, el Gobierno sostuvo que “la norma beneficiará a los sectores que, al no tener la posibilidad de acceder a bienes de capital nuevos, podrán optar por importar bienes usados, para producir de manera más competitiva, incorporando tecnología a sus procesos productivos a un costo más bajo”.
Al mismo tiempo, resaltó que “también es un beneficio para los sectores estratégicos, como el minero, el energético o el hidrocarburífero, porque podrán contar con procesos ágiles para la importación de maquinarias usadas, sin la intervención del Estado limitando sus decisiones empresariales para llevar a cabo las inversiones”.
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