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Rechazan el pedido de cautelar contra la licitación de la Vía Navegable Troncal

18 de mayo de 2026

La medida fue presentada por la Asociación Cívil Observatorio del Derecho a la Ciudad y el fallo incluyó fuertes cuestionamientos.


La Justicia rechazó el pedido de medida cautelar presentado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad para suspender la licitación de la Vía Navegable Troncal, en un fallo que también incluyó fuertes cuestionamientos a la difusión mediática de un informe de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA).

La entidad había solicitado una medida precautelar y cautelar de no innovar para frenar cualquier avance del proceso licitatorio impulsado por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación. Sin embargo, el tribunal concluyó que no se encuentran reunidos los requisitos necesarios para habilitar una decisión de esa magnitud en esta etapa inicial.

En su resolución, el juez fue categórico al señalar que no se logró acreditar la verosimilitud del derecho invocado, ni tampoco la existencia de arbitrariedad manifiesta en el accionar administrativo. Asimismo, remarcó que no se demostró un peligro concreto, actual e inminente en la demora, condición indispensable para justificar la intervención cautelar.

El fallo también delimitó el alcance de la investigación en curso, al indicar que esta se circunscribe a analizar una posible deuda de la AGPSE con la empresa Compañía Sudamericana de Dragados S.A., así como un eventual direccionamiento del proceso licitatorio y una posible defraudación, todo ello en plena etapa de instrucción.

En ese contexto, el magistrado sostuvo que el informe remitido por la PIA “no encuentra correspondencia con la investigación” que se lleva adelante en el expediente, marcando una clara distancia entre ambos procesos.

Pero uno de los puntos más contundentes del fallo fue la crítica a la difusión pública de ese informe. La resolución señala que “no resulta comprensible la inusitada difusión y trascendencia” que algunos medios otorgaron al documento incluso antes de su incorporación formal al sistema judicial, lo que deja entrever un cuestionamiento directo a la mediatización del caso.

Incluso, el tribunal mencionó como ejemplo una publicación periodística que replicó el contenido del informe, subrayando el desfasaje entre su circulación pública y su tratamiento judicial.

Además, se aclaró que este no es el ámbito procesal adecuado para debatir el contenido del informe de la PIA, ni para resolver el planteo de la asociación, que ya impulsa una causa similar en juzgados de Santa Fe, donde también obtuvo un rechazo.

De esta manera, la Justicia no solo desestimó el intento de frenar la licitación, sino que dejó sentada una posición crítica respecto al uso y difusión de informes en instancias paralelas al proceso judicial, en un expediente que continúa en etapa investigativa.